El día viernes 29 de abril se llevó a cabo la cuarta sesión de discusión del pliego de peticiones de Fecode. El tema tratado fue el capítulo quinto sobre Condiciones Laborales del magisterio. En el numeral 5.1. Fecode reiteró su petición de un acto administrativo que prohíba definitivamente la contratación en el sector educativo por medio de OPS y que ordene a los entes territoriales el cumplimiento de las normas que disponen los nombramientos de nuevos docentes en el orden riguroso de las listas de elegibles. Aprovechó la oportunidad para rechazar la contratación tercerizada que se viene imponiendo por la vía de concesionar colegios del estado a los particulares o entregar el presupuesto estatal a los vicariatos, comunidades religiosas y ONG’s para que presten el servicio educativo que le corresponde al estado. En ese sentido pidió prohibir que, con dineros del estado, se vinculen docentes por fuera de las normas salariales, laborales y prestacionales que rigen para los docentes del estado, pidiendo expresamente que los etnoeducadores, vinculados a través de los mecanismos previstos en el decreto 804, tengan el mismo tratamiento salarial del conjunto de docentes estatales. En este punto el MEN sólo aceptó expedir una Directiva Ministerial que reitera la prohibición de OPS y llama a los nominadores a cumplir con el orden de las listas de elegibles, pero pidió que el tema de los docentes del Decreto 804 fuera tratado en el punto de salarios y advirtió que sobre las condiciones laborales y salariales de los docentes vinculados por entidades concesionarias o contratistas no tiene el gobierno ninguna facultad, y por tanto rechaza la petición.
En el punto 5.2 el MEN no acepta modificar la Resolución 12892 de 2010 que convoca el concurso de evaluación de competencias para ascenso o reubicación salarial de los docentes del 1278. En el punto 5.3 el MEN dio una larga explicación de la manera cómo funciona el Sistema Nacional de Formación y Actualización de Docentes pero no supo explicar por qué no funcionan los Comités Territoriales en los que tiene asiento el magisterio, ni accedió a concertar un presupuesto adecuado para esta actividad. En el punto 5.4 señaló que las comisiones de estudio para los docentes existen en aquellos programas de Maestría o Doctorado que estén incluidos en los planes específicos que el gobierno acuerda con los entes territoriales (que son muy pocos o no existen), por lo tanto consideramos que no fue aceptada la petición de Fecode de otorgar tales comisiones a los docentes oficiales “que demuestren haber sido admitidos en programas de Maestría o Doctorado en universidades nacionales o internacionales y que se comprometan a prestar sus servicios en la institución educativa por un tiempo equivalente como mínimo al utilizado en comisión”.
Finalmente, en el punto 5.5. el gobierno informó que los planes de capacitación de docentes directivos sobre el manejo de los Fondos de Servicios Docentes se iniciaron desde el año pasado y continuarán en el presente año hasta lograr una cobertura del 100% de los 5.863 rectores y los 2.850 Directores Rurales de la educación estatal.
La reunión concluyó sin que se firmara el acta correspondiente y se convocó a nueva sesión para el martes a las 8 a.m. en donde se dará fin a la discusión el capítulo quinto.
ÁLVARO MORALES SÁNCHEZ
Miembro Comisión Negociadora Fecode
Bogotá, abril 30 de 2011