Los inicios de la voracidad inhumana de la trasnacional francesa MICHELIN se remontan al año 1997, cuando la empresa “Industria Colombiana de Llantas”, ICOLLANTAS S.A., es adquirida por este pulpo francés, que llega absorbiendo la producción de las plantas de Bogotá y Cali y del mismo modo tiranizando, vulnerando y violando los acuerdos consagrados en la Convención Colectiva de Trabajo Vigente, como consecuencia de las políticas neoliberales anti obreras de la administración de esta empresa, después de haber avasallado y debilitado las Organizaciones Sindicales SINTRAINCAPLA y SINTRAICOLLANTAS, imponiendo un nefasto y engañoso “Plan de Beneficios” con el que se ha pretendido reemplazar a la Convención Colectiva de Trabajo Vigente, firmada por las Organizaciones Sindicales y Empresa.
Desde un comienzo la arremetida de las políticas antisindicales de MICHELIN no se hicieron esperar; comenzó presentando ante el Misterio de Trabajo (hoy Ministerio de la Protección Social ), una solicitud de despido colectivo de 220 trabajadores con vínculo directo, de los cuales despidieron en la ciudad de Bogotá a 120 y 10 en la planta de Cali, todos eran sindicalizados.
En relación con los despidos, se encuentran en reclamación jurídica por parte de SINTRAINCAPLA y SINTRAICOLLANTAS.
Sigue siendo una constante la intimidación de MICHELIN y continúe empecinada en amenazar los trabajadores NO sindicalizados, para que no se afilien a los Sindicatos y en desconocer la mayoría de los beneficios plasmados en la Convención Colectiva de Trabajo y varios derechos otorgados por la ley laboral colombiana, entre ellos:
Ø Utilizando falsos argumentos ha solicitado en dos ocasiones permisos para despedir a más de trescientos trabajadores de las plantas de Cali y Bogotá siendo autorizados por el complaciente y permisivo Ministerio de la Protección Social.
Ø Otra artimaña utilizada fue la de declarar áreas de la empresa improductivas, para despedir trabajadores afiliados a las Organizaciones Sindicales SINTRAINCAPLA y SINTRAICOLLANTAS, como ocurrió con los trabajadores de la planta Cali en el área de neumáticos y protectores, ha quienes primero los ubicó en dicha área, para luego declararla improductiva y así despidió a 15 trabajadores; todos afiliados a las dos Organizaciones Sindicales antes mencionadas, que a su vez estaban siendo formados sindicalmente, para que aspiraran a ocupar cargos en las respectivas Juntas Directivas.
Ø Terminación del contrato de trabajo sin justa causa a un número considerable de trabajadores de la sección de mantenimiento y logística, el total de los mecánicos con vínculo directo fueron despedidos, siendo sustituidos por contratistas con la firma SIMOUT y COOPERATIVAS, hoy día las extinguieron para sustituirlas por Empresas de Servicios Temporales (E.S.T) y en estos momentos suman más de 20 firmas entre empresas temporales y contratistas en las dos plantas Bogotá y Cali ha quienes se les paga salarios irrisorios y los obligan a laborar extensas jornadas, doce horas diarias y hasta dieciséis. El que reclame sus derechos es despedido sin justa causa.
Ø Utilizando la figura de “arreglos voluntarios”, disfrazó verdaderos despidos colectivos, logrando desvincular un importante número de afiliados a los Sindicatos, para reemplazarlos por personal de las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA), empresas temporales y contratistas.
Ø Como consecuencia de la suma de estas ilegitimas políticas anti – obreras se produce una desmejora económicas a los pocos trabajadores que quedan con contrato laboral a término indefinido, es así como se refleja que un trabajador desempeñando el mismo oficio, dando más producción, devengue menos salarios que el equivalente a 10 años atrás, es la otra cara de este pulpo que posee el envidiable record mundial de ser la número uno en producción, calidad y en ventas de llantas, igualmente es merecedor del primer lugar en desconocer los derechos laborales; No en vano se ha hecho acreedora a cinco “sanciones” por el Ministerio de la Protección Social , quien penalizó con montos económicos irrisorios que reunidas no sobrepasan los cinco millones de pesos, las cuales se han convertido en una cuota moderadora que le permite a la multinacional Michelin la violación y burla continua de las leyes colombianas, el irrespeto a la dignidad de los trabajadores a su servicio y el desconocimiento de la libertad sindical en un sentido amplio.
Ø Con soporte fácticos jurídicos una de las mayores violaciones por los administradores de la empresa MICHELIN es el desconocimiento desde el año 2002 de la Convención Colectiva de Trabajo en la planta de Cali, la no aplicación del Anexo 7 que hace parte integral de la misma, al no pagar las primas extralegales (navidad, junio, vacaciones y de asistencia), así como las becas para hijos de los trabajadores.
Este proceso se encuentra en los estrados judiciales, a la espera que los jueces y magistrados de la República hagan cumplir nuestra Convención Colectiva de Trabajo vigente.
Ø Incrementó abusivamente en un 3.300% diario el costo de la alimentación a los trabajadores al interior de la Plantas.
Ø Congeló el salario de todos los trabajadores durante los años 2005 al 2008 y en los siguientes años realizó reajustes salariales por debajo del incierto y manipulado I.P.C. del DANE. El reajuste del año 2010 – 2011 fue de un pírrico 2.37%., pero el valor de las llantas si las incrementa cada semestre.
Ø Desconoce las fechas legales para cancelar y hacer efectivas las vacaciones a que tiene derecho cada trabajador, fraccionándolas, afectándoles así negativamente su respectivo descanso.
Ø Violando la Constitución Política Colombiana y la ley laboral del Código Sustantivo de Trabajo y los acuerdos internacionales con la OIT, obliga a sus trabajadores a laborar en los días de Semana Santa, sin tener en cuenta que este periodo es de recogimiento y compartimiento con la familia y/o su respectivo culto religioso.
Ø Desmejora las condiciones laborales y sicológica de los directivos Sindicales, a quienes reubica en puestos de trabajo, donde se tiene que hacer un sobre esfuerzo físico, desmejorando su salud y también sus ingresos económicos.
Ø En mayo de 2011, presenta un nuevo pacto colectivo, carente de mejoras económicas y de condiciones laborales (salud, vivienda, educación, ergonomía, riesgos profesionales) denominado “plan de beneficios”, cuyo único objetivo es reprimir las afiliaciones a SINTRAINCAPLA y SINTRAICOLLANTAS, evitando así, que las organizaciones sindicales mencionadas cuenten con un número de afiliados significativos que los conviertan en mayoritarios y dejen ser minoritarios, condición última que ha castrado el derecho de la negociación colectiva reflejado en el tiempo; hace 10 años los trabajadores por las razones anteriormente esbozadas, con todo lo contradictorio que resulta para sus intereses les conviene más no presentar pliego de peticiones y “mantener” lo poco que consiguieron las generaciones pasadas en décadas anteriores y no darle la oportunidad a la multinacional MICHELIN y a las corruptas actuaciones de los funcionarios del “Ministerio de la Protección Social ” en cabeza de Luz Stella Veira – Vice Ministra (e) en la ciudad de Bogotá y Giovanny Saavedra Lasso – Directora Territorial del Valle del Cauca, en la ciudad de Cali.
Esta Multinacional Francesa Michelin, denuncia la Convección Colectiva de Trabajo Vigente cada seis meses ante el Ministerio de la Protección Social, siempre con el ánimo de desmejorar más las condiciones económicas de los trabajadores y sus familias.
En la actualidad obligó a los trabajadores de cooperativas cambiar de empleadores por firmas temporales, tan solo para darle cumplimiento a la nueva normatividad decreto ley No.2025 y no contrató ni un solo trabajador directo por MICHELIN, violando nuevamente la esencia para lo cual fue creada la ley.
Cuando se presentan procesos de tipo disciplinario sucede que la empresa acostumbra citar al trabajador para que rinda descargos, con el objeto de dar la apariencia de un debido proceso (planta de Bogotá), pero en realidad omite evaluar los argumentos y las pruebas que el empleado aporta y más al imponer las sanciones, ignora de manera íntegra todo lo que se consigna en la diligencia, con lo cual la reduce a puro formalismo; normalmente el trabajador está condenado de antemano y en Cali, la administración es juez y parte para sancionar por la presunta falta que normalmente son montajes de los jefes y siempre el lesionado es el trabajador.
Todas estas violaciones y atropellos implementados por la administración de ICOLLANTAS–MICHELIN, son aplicadas con el pretexto de subsanar las inventadas pérdidas económicas de esta trasnacional en Colombia, lo contradictorio es que a pesar de esos amañados argumentos, la administración de esta multinacional francesa anuncia que realizará una importante inyección de capital a sus plantas; pero las Organizaciones Sindicales tenemos claro que esta nueva inversión de capital es producto de las jugosas utilidades obtenidas en sus plantas de Cali y Bogotá, la producción de llantas permite altos márgenes de ganancias, en coherencia con las reglas comerciales nadie invierte donde el negocio no sea rentable.
Toda esta barbarie y persecución sindical a directivos sindicales y afiliados, son planeadas y ejecutadas por administración de esta empresa, en cabeza de su Presidente de Icollantas-Michelin Colombia: JORGE LUIS VEGA MARTINEZ, y los señores JESUS A TRUJILLO CLAROS responsable SP Colombia, ORLANDO CUBIDES CASAS, FERNANDO RIVERA ADAHD y ANA LUCIA GOMEZ VILLAFAÑE, integrantes de la alta gerencia de la multinacional francesa ICOLLANTAS – MICHELIN.
Aparte de los anteriores factores de obstrucción del legítimo ejercicio de la libertad sindical, la hostilidad demostrada por la empresa hacia sus trabajadores y organizaciones sindicales, en especial a través de las arbitrariedades descritas, repercute de manera grave, en perjuicio del núcleo esencial de su derecho al trabajo y a la requerida paz laboral. En consecuencia, hoy por hoy el clima laboral es hostil en ambas plantas.
En los últimos años, las Organizaciones sindicales a través de procesos jurídicos y denuncias ante el Ministerio de la Protección Social, ente que ha sancionado 5 veces a MICHELIN por violación a la Convención Colectiva de Trabajo Vigente; por las constantes violaciones laborales hay varias demandas e investigaciones de honorables magistrados quienes ejerciendo justicia, han fallado en derecho demandas a favor de SINTRAICOLLANTAS Y SINTRAINCAPLA y sus afiliados como: reintegros a la planta de Cali por el decreto ley 2351 del Código Sustantivo del Trabajo y por la estabilidad de la Convención Colectiva de Trabajo, de igual forma, fallos de tutelas en segunda instancia por los jueces de los juzgados 2º y 4o penal de circuito para NO laborar la Semana Santa, en razón a que la administración obliga a sus colaboradores a trabajar en la semana mayor, esta fue la razón de en tutelar a MICHELIN para que no programe turnos en dicha semana en los días: jueves, viernes, sábado y domingo santo, es de anotar que en la planta de Cali se trabaja con el sistema 4×8 trabajo continuo, es decir, todo el año se trabaja los siete días de la semana y los 365 del año en contra de la voluntad de los trabajadores.
Las Organizaciones Sindicales SINTRAINCAPLA y SINTRAICOLLANTAS manteniendo su constante rechazo contra los atropellos de la empresa MICHELIN, continuarán denunciando nacional e internacionalmente las actividades antiobreras y antisindicales que atentan contra los Sindicatos y los Derechos Humanos, por lo tanto solicitamos a todas las Organizaciones Sindicales y la Opinión Pública en general, rechazar y repudiar los abusos de esta multinacional francesa MICHELIN.
Compañeros solicitamos su solidaridad pronunciándose a:
Fax y correos electrónicos, donde se deben pronunciar por la persecución sindical y el derecho a la negociación Bogotá………….. Cali 8856071- 8834781- 8856072……………
Abrir los dos archivos adjuntos de la denuncia.
Santiago de Cali, de 2011
JUNTA DIRECTIVA SINTRAICOLLANTAS SECCIONAL CALI
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