Bogotá D.C., 29 de julio de 2020, Victor Gabriel Beltrán Urbina, Asamblea Delegados ADE, Asesor jurídico FECODE.
El pasado 29 de mayo de 2020, la Ministra de Educación, María Victoria Angulo, promulgó la directiva 11 dirigida a los gobernadores, alcaldes, secretarios de educación de entidades territoriales certificadas y no certificadas con el objeto de dar orientaciones para un eventual regreso a clases presenciales en la modalidad de alternancia.
Es claro que esta directiva ministerial establece orientaciones administrativas para darle continuidad al servicio educativo, en la modalidad presencial con alternancia del trabajo en casa.
La directiva 11, en primer lugar, desconoce la facultad decisoria de las instancias regionales, locales y la autonomía escolar de las Instituciones Educativas, reconocida constitucionalmente y reglamentada por la Ley 115 de 1994. Ejecutar la alternancia y el regreso a clases presenciales en medio del alto nivel de contagio del COVID-19, no solo pone en gran peligro la vida de las comunidades educativas, sino que es un acto de irresponsabilidad del gobierno del presidente Duque, quien privilegia los intereses del capital sobre la vida de los ciudadanos, y no es coherente con la defensa de los derechos fundamentales, tales como la salud en conexidad con la vida, de estudiantes, maestros y sus familias. Con estas consideraciones la decisión del Comité Ejecutivo de FECODE de orientar la DESOBEDIENCIA CIVIL, frente a la aplicación de la directiva 11, no solo es una medida legitima, sino una forma de resistencia a una directrices que carecen de validez por estar inscritas en una norma complementaria de menor rango y contraria a la NORMA DE NORMAS como es la CONSTITUCION POLÍTICA NACIONAL; para el caso, la DESOBEDIENCIA CIVIL es una medida de EXCEPCION CONSTITUCIONAL y de protección de los derechos fundamentales de más de 20 millones de colombianos por la pandemia y las falencias en infraestructura, falta de unidades sanitarias, personal de aseo, dotaciones y condiciones de bioseguridad en que se encuentran las Instituciones Educativas. En estas circunstancias la DESOBEDIENCIA CIVIL, se convierte en una medida Excepcional de protesta amparada por el artículo 37 de la CONSTITUCION POLITICA que otorga el derecho a la protesta social.
Además, si hacemos alusión a la Sentencia de la Corte Constitucional T-371 de 2008, la doctrina ha creado la categoría de DESOBEDIENCIA CIVIL con 2 características que señala el DERECHO DE RESISTENCIA:
- Su carácter no violento, que no menoscabe derechos, ni daño a personas y cosas.
- La exaltación de Derechos Constitucionales Fundamentales propugnados por una mayoría en forma democrática.
En síntesis la directiva 11 que orienta la alternancia con presencialidad en los colegios, contraviene normas superiores como los artículos 4, 44, y 49 de la C.P, la Ley 1751 de 2015, Ley estatutaria de salud, la Ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia, entre otras.
Es tan lesiva la política de Duque y la ministra Ángulo y tan evidente la amenaza del contagio que la inmensa mayoría de las Entidades Territoriales Certificadas optó por continuar el trabajo en casa y no seguir la Directiva 11, que es un salto al vacío. De 97 Entidades Territoriales Certificadas en Educación apenas 10 y sólo en algunas sedes dicen someterse a la alternancia. Es evidente la derrota de Duque y su ministra de educación.
Los maestros a los que les pretendan imponer la alternancia deben, siguiendo las orientaciones de FECODE, declararse en desobediencia civil para proteger la vida de la comunidad educativa (estudiantes, padres de familia y profesores).
También te puede interesar
-
QUE CESEN LOS SABOTEOS DE LA MAYORIA DE LA CUT Y DE FABIO ARIAS CONTRA LAS PROTESTAS DE LOS TRABAJADORES
-
PEOR EL REMEDIO QUE LA ENFERMEDAD
-
DECLARACIÓN- CONSTANCIA PRESENTADA A LA 81ª JUNTA NACIONAL DE LA CUT POR TRIBUNA SINDICAL Y TRIBUNA MAGISTERIAL
-
EL PRESIDENTE PETRO Y LA FIDUPREVISORA DEBEN RESOLVER EL PROBLEMA DE LA SALUD DEL MAGISTERIO, RESPETAR SU REGIMEN ESPECIAL Y CASTIGAR A LOS CORRUPTOS
-
CRISIS EN LA SALUD DEL MAGISTERIO: ¿HASTA CUANDO LA ESPERA?