Ley 1635 del 11 de junio de 2013 – licencia de luto para Servidores Públicos

Artículo 1°. Conceder a los Servidores Públicos en Caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y segundo civil, una : licencia remunerada por luto de cinco (05) días hábiles.

Ley 1635 del 11 de junio de 2013 – licencia de luto para Servidores Públicos comentarios en «3»

  1. Si mi madre murió y me dieron los 5dias de ley.
    Me dicen en la empresa que esos 5 días me los van a descontar en mis vacaciones.
    Eso se puede?

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