SIN LA REFORMA AL SGP NO SE GARANTIZARÁ EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA EDUCACIÓN.

Bogotá, 26 de septiembre de 2023

La exigencia de una reforma al Sistema General de Participaciones sigue vigente porque los problemas causados por la desfinanciación de la educación pública se acrecientan año tras año. Se hicieron habituales los reclamos de los docentes por las pésimas condiciones en las que se ejerce la docencia, la mala prestación del PAE, la falta de transporte escolar, la deficiente infraestructura escolar, las compras de material didáctico, las salidas pedagógicas, prácticas   en laboratorios y, talleres tienden a desaparecer. La deuda de la Nación con el sector educativo oficial en los niveles de preescolar, básica y media asciende a 290 billones de pesos.

Al parecer, la respuesta del Gobierno Nacional a la mencionada crisis es el proyecto de “Ley estatutaria para regular el derecho fundamental a la educación en todos sus niveles”, el cual por su naturaleza legal no puede modificar los artículos 356 y 357 de la Constitución para cambiar la fórmula heredada del gobierno de Álvaro Uribe para liquidar el SGP. Se debe aclarar que desarrollar el derecho fundamental a la educación a través de una ley estatutaria se debe hacer cumpliendo el mandato de la Ley General de Educación y la jurisprudencia colombiana.

El proyecto de ley estatutaria radicado en el Congreso recogió algunas críticas realizadas por  FECODE, incluyó de manera explícita la libertad de cátedra, la autonomía universitaria y la autonomía escolar, pero dejó otras disposiciones contrarias a lo que históricamente ha defendido el magisterio; además, en el artículo 35 del proyecto de Ley le incumple el acuerdo pactado entre FECODE y el Gobierno Nacional de realizar la reforma constitucional al SGP dándole  al Presidente facultades extraordinarias   para expedir “normas con fuerza de ley que establezcan las fuentes y esquema de financiación” que en la práctica es un cheque en blanco para reformar la Ley 115, que fue producto de la movilización y la lucha contra la política neoliberal de César Gaviria. En los artículos 29 y 30 de la Ley los recursos financieros correspondientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, del sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones y del sistema de formación artística y cultural serán transferirlos a educación.

Otro aspecto preocupante del proyecto de ley es, a diferencia de lo expuesto en el artículo 67 de la Constitución y otras normas como la ley 73 de 1975, ley 115 de 1994 y la ley 715 de 2001,  que exime a la Nación de la responsabilidad de garantizar la financiación de la educación pública y al Ministerio de Educación no se le transfieren ningún tipo de funciones; en cambio crea el “Sistema educativo” como conjunto de diferentes categorías y entidades adoptando de manera inmediata las disposiciones del FMI, BM, BID  y la OCDE.

Además, el Estado no tendrá compromisos firmes pues se limitará tan solo a propender o “inclinarse” para consolidar progresivamente una educación básica, garantizar el derecho fundamental a los grupos poblacionales desfavorecidos, por una formación crítica, mejorar las condiciones de bienestar docente y adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el derecho a la educación en todos los niveles. Finalmente, desvirtúa lo establecido en la Carta Política de que la educación pública será gratuita en las instituciones del Estado, al establecer que se alcanzará de manera progresiva sin metas claras que determinen su cumplimiento, el Estado tendrá facultades de control y vigilancia e impondrá el enfoque del currículo por competencias y capacidades para la educación colombiana, en contravía de los principios constitucionales de libertad de cátedra y autonomía universitaria.

A lo anterior se suma que en el artículo 5 se mantienen los principios neoliberales de eficiencia y sostenibilidad fiscal, en el artículo 7 se cambió el término “educación híbrida” pero se señala que el servicio educativo, en caso de ser necesario, se prestará “en las modalidades asistidas por las tecnologías de la información y las comunicaciones”, en el artículo 8 se dice que solo se garantizará infraestructura educativa en localizaciones geográficas de acceso razonables y el artículo 9 señala  la peligrosa ambigüedad de que el Estado debe vigilar que las metodologías y procesos educativos sean adecuados culturalmente.

Garantizar el derecho fundamental a la educación en todos sus niveles exige que la Nación asuma la responsabilidad de la financiación de la educación pública. El magisterio tras décadas de lucha comprende plenamente que la raíz del problema es la disminución de los recursos y que la única manera de resolverlo es mediante una reforma constitucional que garantice una apropiación adecuada de los recursos necesarios para los niveles de preescolar, básica y media.

El proyecto de ley estatutaria tiene una mácula desde su génesis: no fue producto de un debate nacional que integre las aspiraciones de las comunidades educativas, de facto rompió con uno de los acuerdos del MEN y FECODE de 2023 y les da continuidad a políticas neoliberales de los gobiernos anteriores a este. Animamos al magisterio a impulsar la movilización en defensa de las banderas que FECODE ha enarbolado durante 63 años de lucha, la financiación de la educación pública a cargo de la Nación, la reforma constitucional a los artículos 356 y 357 de la Constitución, la defensa de la Ley General de Educación y de la soberanía nacional.

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