Criterios para la definición de la jornada escolar de los estudiantes y la jornada laboral y los permisos remunerados de los educadores

El MEN  en su calidad de máxima autoridad del sector educativo, en la búsqueda de garantizar el derecho a la educación de los niños, y con el fin de armonizar la aplicación de las normas de la organización escolar y administración de personal, garantizando los derechos laborales y profesionales del Magisterio, procede a precisar algunos criterios con el fin de orientar el funcionamiento de los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, básica y media.

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