COMUNICADO DE LA VICEPRESIDENCIA DEL FONDO DE PRESTACIONES – FIDUPREVISORA S.A

 

 Fiduprevisora S.A. actuando en calidad de vocera del Patrimonio Autónomo Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio les comunica a todos sus afiliados y demás interesados:

Que el pago de la mesada adicional (14), de mitad de año, de los docentes que cumplen con los requisitos del Acto Legislativo 001 de 2005, y que no evidenciaron pago de la mesada adicional de mitad de año el pasado 25 de JUNIO de 2015, se procederá a cancelar a partir del día de hoy, 10 DE JULIO DE 2015, a través de las entidades bancarias, donde normalmente reciben el pago de su mesada pensional, de los docentes que se relacionaran en la página web: http://www.fomag.gov.co

De no haber recibido el pago de la mesada adicional de mitad de año, Fiduprevisora S.A, reitera a todos sus afiliados los requisitos consagrados en el Acto Legislativo 001 de 2005, para acceder al pago la mesada adicional de mitad de año,

REQUISITOS ACTO LEGISLATIVO 001 DE 2005:

  1. Los Docentes que hayan adquirido el Status Pensional con anterioridad del 25 de Julio de 2005, tiene derecho a la mesada adicional de mitad de año, sin importar el valor de la mesada pensional.
  2. Los Docentes que hayan adquirido el Status pensional, a partir del 25 de Julio de 2005, hasta el 30 de Julio de 2011, tendrán derecho a la mesada adicional de mitad de año, siempre que el valor de la Mesada Pensional no excede los 3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
  • Pensión de Jubilación con estatus antes del 25 de Julio de 2005= Cualquier ajuste o reliquidación no le aplica lo establecido en el acto legislativo 001 de 2005.
  • Pensión de Jubilación con estatus a partir del 25 de Julio de 2005= Cualquier ajuste o reliquidación le aplica lo establecido en el acto legislativo 001 de 2005.

 

SALARIO MINÍMO LEGAL EN COLOMBIA*  
AÑO SALARIO MINÍMO X 3 SMLMV
2005 $ 381.500 $ 1.144.500
2006 $ 408.000 $ 1.224.000
2007 $ 433.700 $ 1.301.100
2008 $ 461.500 $ 1.384.500
2009 $ 496.900 $ 1.490.700
2010 $ 515.000 $ 1.545.000
2011 $ 535.500 $ 1.606.500
2012 $ 566.700 $ 1.700.100
2013 $ 589.500 $ 1.768.500
2014 $ 616.000 $ 1.848.000
2015 $ 644.350 $ 1.933.050

*Fuente: Banco de la República

 

  1. Los Docentes que adquirieron el Status Pensional a partir del 1 de Agosto de 2011, no tendrán derecho a la mesada adicional de mitad de año sin importar el valor d la Mesada Status.

 

Cordialmente,

 

JUAN JOSE DUQUE LISCANO                                                                    NATHALIE MOLINA VILLARREAL

VICEPRESIDENTE FONDOS DE PRESTACIONES                                         GERENTE OPERATIVO

 

Nota:  Para  los docentes que se pensionaron después del 25 de julio de 2005, les reconocieron las 14 mesadas al año por ser liquidado el derecho con hasta 3 SMLMV, pero los docentes que reajustaron su pensión por reliquidación de factores salariales o se retiraron del servicio y reliquidaron el derecho y les quedó con más de 3 SMLMV, pierden el derecho. Esos fueron los estragos ocasionados por el gobierno de URIBE VÉLEZ.

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